sentència del TJUE preveu que la no concessió automàtica del permís de residència pel sol fet de tenir antecedents penals contravé l’article 20 TFUE si l’instant és pare d’un nacional d’un estat membre. cas espanyol

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala)

de 13 de septiembre de 2016 (*)

«Procedimiento prejudicial — Ciudadanía de la Unión — Artículos 20 TFUE y 21 TFUE — Directiva 2004/38/CE — Derecho de residencia en un Estado miembro de un nacional de un tercer Estado que tiene antecedentes penales — Progenitor que tiene la guarda exclusiva de dos hijos menores de edad, ciudadanos de la Unión — Primer hijo que tiene la nacionalidad del Estado miembro de residencia — Segundo hijo que tiene la nacionalidad de otro Estado miembro — Legislación nacional que excluye la concesión de una autorización de residencia a dicho ascendiente debido a sus antecedentes penales — Denegación de la residencia que puede llevar aparejada la obligación de que los hijos menores de edad abandonen el territorio de la Unión»

En el asunto C‑165/14,

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